¿Qué indemnización me corresponde por el retraso de mi vuelo?
¿Has perdido una conexión porque tu vuelo se ha retrasado? O aún peor, ¿han cancelado tu vuelo? Conoce tus derechos y reclama tu indemnización. Te contamos cómo hacerlo.
Vuelos dentro de la UE
En el caso de vuelos dentro de la Unión Europea (UE) es el Reglamento (CE) Nº 261/2004 el que lo regula y cubre vuelos tanto dentro como fuera de la UE si la aerolínea es europea.
El reglamento establece que los vuelos con retrasos de más de 3 horas pueden ser objeto de reclamación, excluyendo circunstancias extraordinarias como condiciones meteorológicas adversas o actos de terrorismo. Los problemas técnicos u operativos de las aerolíneas no se consideran circunstancias extraordinarias según el Tribunal de Justicia Europeo.
En la siguiente puedes ver las cantidades de indemnización que los pasajeros tienen derecho por retrasos de vuelos:
| Menos de 3 horas | 3 – 4 horas | Más de 4 horas | Nunca llego | Distancia |
|---|---|---|---|---|
| ❌ € – | ✔️ 250 € | ✔️ 250 € | ✔️ 250 € | Todos los vuelos de 1.500 km o menos |
| ❌ € – | ✔️ 400 € | ✔️ 400 € | ✔️ 400 € | Vuelos dentro de UE de más de 1.500 km |
| ❌ € – | ✔️ 400 € | ✔️ 400 € | ✔️ 400 € | Vuelos no comunitarios de entre 1.500 y 3.500 km |
| ❌ € – | ✔️ 300 € | ✔️ 600 € | ✔️ 600 € | Vuelos no comunitarios de más de 3.500 km |
Vuelos internacionales
El Convenio de Montreal, en vigor desde 2003 y suscrito por más de 120 países, incluyendo Estados Unidos y la Unión Europea, regula los derechos de los pasajeros internacionales en casos de retrasos de vuelos. Este convenio ofrece una cobertura geográfica amplia para reclamar indemnizaciones por los daños resultantes de los retrasos. Sin embargo, la interpretación de «daños» varía según el país: en EE. UU se limita a pérdidas económicas, mientras que en la UE incluye tanto pérdidas económicas como daños morales.
La forma más rápida, fácil y efectiva de reclamar
Nosotras hemos sufrido tanto retrasos, como pérdidas de conexiones y también cancelaciones. Reclamar es un auténtico coñazo y supone una gran pérdida de tiempo y energía. Volviendo de Irán, en la escala en Dubai perdimos la conexión por culpa de la compañía y nos recolocaron en un vuelo al día siguiente. Nos proporcionaron hotel pero no nos quisieron indemnizar, aunque perdimos un día de trabajo y teníam os derecho. Uno de nuestros compis de viaje, Alberto, reclamó con AirHelp y recuperó 600€. Nosotras reclamamos por nuestra cuenta y no conseguimos nada, así que aprendimos la lección.
¿Qué indemnización me corresponde por la cancelación de mi vuelo?
Vuelos cancelados dentro de la UE
El Reglamento CE 261/04 protege los derechos de los pasajeros aéreos en la UE, cubriendo vuelos dentro y fuera de la UE si la aerolínea es europea. Se pueden reclamar indemnizaciones por cancelaciones de vuelos, excepto si la aerolínea avisa con al menos 14 días de antelación o por «circunstancias extraordinarias» como problemas meteorológicos o actos de terrorismo. Las «dificultades técnicas» no se consideran «circunstancias extraordinarias».
La compensación por cancelación de vuelos varía según la distancia y duración del retraso:
- Para vuelos de hasta 1,500 km, si aceptas un vuelo alternativo con menos de 2 horas de retraso, la compensación es de 125 €; entre 2 y más de 4 horas, 250 €; si rechazas un vuelo alternativo, 250 € más reembolso del billete y vuelo de vuelta si necesario.
- Para vuelos dentro de la UE de más de 1,500 km, la compensación es de 200 € si el retraso es de menos de 2 horas y hasta 3 horas, y 400 € si es de entre 3 y más de 4 horas; igualmente, si rechazas el vuelo alternativo, se aplica además el reembolso del billete y vuelo de vuelta, con 400 €.
- Para vuelos no comunitarios de entre 1,500 y 3,500 km, las compensaciones son las mismas que para vuelos dentro de la UE de más de 1,500 km. Por retrasos de vuelos de más de 3,500 km dentro de la UE, la compensación es de 300 € si el retraso es de menos de 2 horas y hasta 4 horas, y 600 € si es de más de 4 horas; si rechazas un vuelo alternativo, se aplica además el reembolso del billete y vuelo de vuelta, con 600 €.
Vuelos internacionales cancelados
El Convenio de Montreal regula los derechos de los pasajeros internacionales en casos de cancelaciones de vuelos. ¿Están cubiertas las incidencias por cancelaciones? Sí, pero sólo se cubren los ‘daños’ resultantes de la incidencia, es decir, que los pasajeros pueden reclamar el reembolso de gastos y pérdidas por una incidencia de un vuelo. Además, al igual que dentro de la UE, las “circunstancias extraordinarias” no están cubiertas.
Y tú, ¿has sufrido alguna cancelación o restraso? ¿Conseguiste una indemnización? Cuéntanos.



2 respuestas
Una cancelación puede arruinarte completamente un viaje. Hay que reclamar siempre.
Me hubiese gustado haber leído esto antes. Me han cancelado más de un vuelo y nunca reclamé porque me parecía una pérdida de tiempo.